El Blog de José Carlos Fernández Rozas
LaSentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, Sala de lo Civil y Penal, Sección Primera de 31 de octubre de 2019 estima una acción de anulación contra el laudo arbitral emanado de la Junta Arbitral d Transporte de Álava, con las siguientes consideraciones:
«La especial función de la institución arbitral y el efecto negativo del convenio arbitral, vetan por principio la intervención de los órganos jurisdiccionales para articular un sistema de solución de conflictos extrajudicial, quedando limitada la actuación de los tribunales a actuaciones de apoyo o de control expresamente previstas por la ley reguladora de la institución. Por ello, es consustancial al arbitraje la mínima intervención de los órganos jurisdiccionales por virtud y a favor de la autonomía de la voluntad de las partes, limitándose el control a la legalidad del acuerdo de arbitraje, a la arbitrabilidad (…) y a la regularidad del procedimiento de arbitraje…
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