El TSJ de Madrid considera que, de oficio, puede examinar la correcta y ajustada composición conforme a derecho del colegio arbitral, por ser una cuestión de orden público (STSJ Madrid 28 junio 2019)

El Blog de José Carlos Fernández Rozas

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La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala Civil y Penal, Sección Primera, de 28 de junio ded 2019 (Ponente:  Francisco José Goyena Salgado) anula un laudo arbitral dictado por el  el Tribunal Arbitral de la Junta Arbitral de Transporte de Madrid. La presente cesión afirma que «es criterio de esta Sala que, de oficio, puede examinar la correcta y ajustada composición conforme a derecho del colegio arbitral que dirima la controversia de las partes, sometida a su decisión, por ser una cuestión de orden público. Ninguna duda se plantea y así lo ha reiterado en diversas ocasiones esta Sala, que es contrario al orden público, por contradecir lo dispuesto en el art. 12 de la Ley de Arbitraje (LA), el que el laudo arbitral sea dictado por un número par de árbitros (…). En el caso presente, no cabe duda que el Laudo arbitral ha sido dictado…

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