No es razón válida para apreciar indefensión en una acción de anulación el mero hecho de que en el arbitraje no resulte obligada la intervención de letrado (STSJ Madrid 2 julio 2019)

El Blog de José Carlos Fernández Rozas

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La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala Civil y Penal, Sección Primera, de 2 de julio de 2019 (2)  (ponente: Jesús María Santos Vijande) desestima un recurso de anulación contra un laudo arbitral administrado por la CIMA basado en una supuesta indefensión con la siguiente argumentación : «De entrada, hemos de desechar como razón válida para no apreciar la indefensión alegada el mero hecho de que en el arbitraje no resulte obligada la intervención de Letrado: como evidencia la jurisprudencia constitucional supra citada, perfectamente puede darse la circunstancia de que, siendo posible la autodefensa, ésta no se ejercite con un mínimo de eficacia en el seno de un arbitraje, y más en una situación como la concurrente en el caso, donde la parte contraria -demandante en el proceso arrendaticio- había acudido asistida de Letrado (…). Piénsese, al respecto, que el vigente art. 33 LEC , con…

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