Los árbitros, e incluso las instituciones arbitrales con su responsabilidad económica reconocida en la Ley de Arbitraje, no pueden comparecer en el proceso de anulación de laudo (STSJ Madrid 20 octubre 2019)

El Blog de José Carlos Fernández Rozas

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La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Civil y Penal, Sección Primera, de 20 de octubre de 2019 (Ponente Jesús María Santos Vijande) desestima una demanda de anulación del Laudo arbitral procedente de la Corte de Arbitraje de Madrid. Se acuerdo con esta decisión: «cumple recordar, como recuerdan los demandados, las siguientes palabras del FJ 2º de nuestra Sentencia 21/2018, de 24 de abril – roj STSJ M 3982/2018 -: «En el Procedimiento de Anulación, la legitimación, con la salvedad comentada, corresponde a las partes en el procedimiento arbitral, siendo titular de la legitimación pasiva la otra parte en el arbitraje que no ha ejercitado la acción de anulación y frente a quien se debe dirigir la demanda. A los Árbitros se les niega tanto la legitimación activa como pasiva en el proceso de anulación de Laudos, al igual que a las instituciones arbitrales. Hay…

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