El Blog de José Carlos Fernández Rozas
El Auto de la Audiencia Provincial de Santander, Sección Cuarta, de 12 de noviembre de 2019 estima un recurso de apelación contra una resolución del Juzgado que denegó la ejecución del laudo arbitral dictado por un árbitro único. De acuerdo con la Audiencia: «Para bien resolver el presente recurso debemos hacer algunas consideraciones previas. (1) A los efectos de la ejecución, y por disposición legal, un laudo tiene la misma fuerza que una sentencia; no menos, sino igual. (2) El art. 37.6º de la Ley de Arbitraje no obliga al árbitro a liquidar, en el laudo, ‘el importe de los honorarios y gastos de los árbitros, los honorarios y gastos de los defensores o representantes de las partes, el coste del servicio prestado por la institución administradora del arbitraje y los demás gastos originados en el procedimiento arbitral’, sino que se limita a expresar qué conceptos están incluidos dentro de…
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