El Blog de José Carlos Fernández Rozas
La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, Sala de lo Civil y Penal, Sección Primera, de 16 de abril de 2019 declara que no ha lugar a la estimación de la demanda de anulación de un laudo arbitral razonando del siguiente modo: «La empresa comercializadora, E.E. SAU, es la encargada de la venta y facturación de la energía eléctrica, así como la responsable frente al cliente de la adecuada calidad del servicio, incluida su facturación, y es la única con la que el cliente ha formalizado un contrato. El cliente fundamenta su reclamación en una facturación que considera incorrecta, afirmando que abonó las facturas y, posteriormente, se le reclaman nuevas cantidades. Por tanto, el objeto del procedimiento arbitral está perfectamente incluido en el protocolo de adhesión de E.E. SAU al sistema arbitral de consumo de Aragón, que tiene por objeto los procesos de contratación y facturación y las…
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