La concurrencia del instituto de la cosa juzgada material debe apreciarse en relación a un Laudo final, por lo cual debe ser anulado (STSJ Madrid 20 junio 2019)

El Blog de José Carlos Fernández Rozas

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La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Civil y Penal, Sección Primera, de 20 de junio de 2019 (Ponente: Francisco José Goyena Salgado) declara la nulidad de un Laudo dictado con fecha 18 de mayo de 2018, en arbitraje administrado por la Corte Española de Arbitraje. La sentencia toma como referente la Sentencia de la misma Sala de 26 de julio de 2018  recaída en el procedimiento de anulación de un indicado Laudo Parcial,  que estimó la primera de las causas de nulidad esgrimidas por la parte demandante «Delforca 2008 SAU», señalando en su fundamentación final (FJ. 3º): ‘La nulidad del convenio que se predica de la vulneración del principio de igualdad (…). En conclusión, ni el convenio arbitral ha sido expresión de un consentimiento válido, respetuoso con indeclinables exigencias del principio de igualdad, ni la CEA debió aceptar la encomienda de administrar tal arbitraje’. En…

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