El Blog de José Carlos Fernández Rozas
El Auto de la Audiencia Provincial de Santander, Sección Segunda, de 4 de junio de 2019 confirma un Auto dictado por el Juzgado de Primera de Instancia de Torrelavega que declaró su falta de jurisdicción para conocer del asunto a él sometido por haberse sometido la controversia a arbitraje. La Audiencia, tras realizar un amplio repaso a la doctrina del Tribunal Constitucional en materia de arbitraje y referirse a su Auto de 31 de octubre de 2018 afirma, entre otras cosas, que: «El argumento de la recurrente de que es aplicable el convenio arbitral a los litigios en los que se ejercite una acción de nulidad de los contratos de swap y put, pese a que en el texto de la cláusula arbitral solo se haga referencia expresa a la ‘interpretación, cumplimiento y ejecución’ del contrato marco, porque la acción ejercitada no pretende la anulación del CMOF sino de los contratos de…
Ver la entrada original 785 palabras más