El Blog de José Carlos Fernández Rozas
El Auto de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Decimoquinta, de 6 de mayo de 2019 se pronuncia sobre una una solicitud de medidas cautelares solicitadas en el marco de un procedimiento arbitral por considerar que la materia no era arbitrable. Según la Audiencia: «en los contratos entre CAPSA y los productores de leche, se incluía una cláusula que establecía lo siguiente: ‘Cualquier diferencia que pueda surgir entre las partes en relación con la interpretación o ejecución del presente contrato y que las mismas no lograran resolver en común acuerdo, se resolverá definitivamente, mediante arbitraje administrado por la Corte Española de Arbitraje, de acuerdo con su Reglamento y Estatuto, a la que se encomienda la administración del arbitraje y el nombramiento del árbitro o árbitros’. La parte recurrente considera que las acciones que se ejercitan y que dan lugar a la medida cautelar que se recurre son materia susceptible de…
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