No se aprecia la falta de independencia de la institución administradora, a los efectos de la anulación de un laudo arbitral (STSJ Galicia de 12 marzo 2019)

El Blog de José Carlos Fernández Rozas

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La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Sala Civil y Penal, de 12 de marzo de 2019, desestima  una acción de anulación contra un laudo arbitral administrado por el Tribunal arbitral para la industria y la construcción (TAIC). La Sala analiza una supuesta nulidad de la cláusula arbitral por haberse violentado garantías de imparcialidad, de modo que el laudo es contrario al orden público: «Esta alegación depende básicamente de la imputación de parcialidad del Tribunal arbitral concernido en este procedimiento y en cuyo ámbito se dictó el laudo impugnado, pues se asegura que es un instrumento de una determinada asociación en la que se habría integrado el referido Tribunal y que, por consiguiente, la implicación de esa asociación en el organismo arbitral sería clara e impediría una consideración imparcial de las controversias que fuesen sometidas a su consideración. A tal efecto se aportan una serie de documentos…

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