El Blog de José Carlos Fernández Rozas
El Auto del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Civil y Penal, Sección Primera de 20 de diciembre de 2018 (Francisco José Goyena Salgado), desestima una demanda no dando lugar al reconocimiento de un laudo arbitral de 26 de julio de 2017 , dictado por la Cámara arbitral «Quadrant Chambers» con sede en Londres (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte). El fallo se justifica en dos argumentos
Primero: Ausencia de fundamentación: Según el Auto, «De la documentación aportada, debe hacerse especial hincapié en la referida a la que recoge la fundamentación del Laudo Arbitral Firme, que ni como original ni como traducción se acompañaba con la demanda, debiendo recordarse que, como resulta del contrato de fletamiento, no era un arbitraje de equidad, por lo que la fundamentación jurídica debe considerarse parte esencial e inescindible del conjunto de la resolución arbitral, tal como el propio Laudo Arbitral…
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