El Blog de José Carlos Fernández Rozas
La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala Civil y Penal, Sección Primera, de 21 de enero de 2019 (Francisco José Goyena Salgado) declara la nulidad parcial del Laudo dictado por la Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Madrid. La sala entiende que «El Laudo impugnado justifica la no imposición de costas, en el hecho de haberse estimado parcialmente la demanda, así como que parte de los incumplimientos alegados por la demanda no se han acreditado, o no son tales, no apreciando temeridad especial en el demandado (…). Comparte la Sala el criterio y decisión del laudo, en lo que se refiere a la no imposición de costas respecto de la demanda reconvencional, dado que la misma fue renunciada por la parte demandada reconviniente con ocasión de la contestación a la demanda principal, por lo que efectivamente no llegó a materializarse ni proveerse, de ahí que…
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