El Blog de José Carlos Fernández Rozas
La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala Civil y Penal, Sección Primera, de 22 de noviembre de 2018 procede a la formalización judicial de un árbitro con el siguiente razonamiento: «El art. 8.1 de la Ley de Arbitraje 60/2003 , tras la reforma operada por la Ley 11/2011, de 20 de mayo (en adelante LA), establece una reasignación de las funciones judiciales en relación con el arbitraje, correspondiendo el nombramiento judicial de árbitros a la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia. El art. 15.3º LA dispone que, caso de no resultar posible designar árbitro mediante el procedimiento acordado por las partes, cualquiera de ellas podrá solicitar el nombramiento de árbitros o, en su caso, la adopción de las medidas necesarias para ello, sustanciándose las pretensiones por el cauce del juicio verbal. Téngase presente que serán las partes directamente las que con total libertad pueden…
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