El Blog de José Carlos Fernández Rozas
La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala Civil y Penal, Sección Primera, de 124 de noviembre de 2018(Ponente: Francisco Javier Vieira Morante) de 14 de noviembre de 2018 confirma el laudo arbitral pronunciado por un árbitro único designado por Corte de Arbitraje de Madrid. La sala rechaza la argumentación de que el laudo resolvió cuestiones no sometidas a la decisión del árbitro afirmando que, «el laudo, no es que se pronuncie sobre una cuestión ajena a la planteada por la demandante, sino que los hechos que señala ésta como integrantes de la competencia desleal -la celebración de cursos sin ponerlos en conocimiento del franquiciador y sin introducirlos para ello en el sistema informático- no constituyen actos de competencia desleal, para lo que habrían sido necesario que los realizara con una marca diferente, con otra actividad empresarial similar pero diferenciada. Y, al estimar el laudo que tales…
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