La parte demandante no ha probado la concurrencia de una relación profesional con la entidad auditora que genere un conflicto de intereses que pudiera afectar a la imparcialidad del árbitro (STSJ Madrid 14 noviembre 2018)

El Blog de José Carlos Fernández Rozas

auditoria-laboral-1024x600

La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala Civil y Penal, Sección Primera, de 14 de noviembre de 2018 (Ponente Joaquín Delgado Martín), confirma un laudo pronunciado por un árbitro único designado por la Corte de Arbitraje de Madrid. El motivo de anulación se basaba en que durante el procedimiento arbitral esa parte había recusado al árbitro porque estaba y está ligado profesionalmente con la defensa de la parte adversa, defendiendo intereses profesionales comunes en varias empresas de auditoría. En la presente decisión no se admite esa argumento al entender que: » En la prueba testifical practicada, el árbitro reconoce que al aceptar el cargo conocía la participación de «P.W.» en la defensa de los intereses de «JZ G. B.V» (…) dado que el Letrado que defendió a esta entidad en el procedimiento arbitral está integrado en el despacho de «P.W.». Por otra parte manifiesta el testigo que, en su condición…

Ver la entrada original 238 palabras más

Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Imagen de Twitter

Estás comentando usando tu cuenta de Twitter. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s