Al ocultar al Juzgado la cláusula contractual de sumisión al Derecho inglés y de arbitraje londinense se actuó con mala fe procesal al solicitar una prueba anticipada (AAP Barcelona 15 enero 2019)

El Blog de José Carlos Fernández Rozas

services

El Auto de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Decimocuarta, de 15 de enero de 2019 confirma los fundamentos de derecho del auto del Juzgado con la conclusión, de que estando la cuestión litigiosa [relativa a la ejecución del contrato de compraventa formalizado el 15 de febrero de 2017 entre les partes] sometida a arbitraje, es preciso para que pueda llevarse a efecto la prueba anticipada por un tribunal español que previamente así se lo solicite el órgano de arbitraje, lo que implica que no habiendo mediado dicha solicitud el Juzgado de instancia carecía de jurisdicción para acordar y practicar la prueba anticipada solicitada. La Audiencia entiende que «en el escrito de solicitud de la prueba anticipada, B.A. ocultó al Juzgado de la cláusula contractual de sumisión al Derecho inglés y de arbitraje londinense, con lo que actuó con mala fe procesal, infringiendo la buena fe procesal que ha de…

Ver la entrada original 161 palabras más

Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Imagen de Twitter

Estás comentando usando tu cuenta de Twitter. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s