EL TSJ de Madrid determina la radical nulidad del convenio arbitral incorporado al contrato, dado que constituye una cláusula abusiva en una relación de consumo, que debe entenderse por no puesta (STSJ Madrid 14 noviembre 2018)

El Blog de José Carlos Fernández Rozas

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La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Civil y Penal, Sección Primera, de 14 de noviembre de 2018  (Ponente: Joaquín Delgado Martín) estima luna acción de anulación de un laudo pronunciado en un procedimiento administrado por la Asociación de Arbitraje (ARBIN). El nuevo magistrado del TSJ de Madrid tras, reproducir un importante volumen de la doctrina emanada de dicho órgano, justifica su decisión anulatoria, en tanto que pomnente, en que «en aplicación del art. 90.1 TRLGCU y, a fortiori, del art. 57.4 del mismo cuerpo legal, cabe concluir que la cláusula K), que contiene el convenio arbitral, es nula de pleno Derecho, y debe tenerse por no puesta, en tanto que prevé la sumisión a un arbitraje distinto del arbitraje de consumo y con carácter previo al surgimiento de la controversia. Asimismo hay que tener presente -no es discutido, por su evidencia- que…

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