El Blog de José Carlos Fernández Rozas
Tras treinta años desde su adopción su adopción, el Capítulo 12 de la Ley suiza de Derecho internacional privado sigue considerándose como una normativa de arbitraje innovadora, por su claridad y concisión. Confiere a las partes una gran libertad de para organizar el procedimiento al tiempo que establece un marco estable garantizado por los tribunales estatales. Estas características facilitan la aplicación a diferentes tipos de arbitraje para los cuales Suiza es un lugar arbitrario reconocido (por ejemplo, procedimientos ad hoc, arbitraje institucional, arbitraje deportivo o arbitraje de inversiones). ). Sin embargo, el Gobierno federal ha considerado necesario modernizar este bloque normativo incorporando ciertas aportaciones de la jurisprudencia del Tribunal Federal, aclarando ciertas cuestiones concretas suscitadas por la práctica arbitral y consolidando el papel de la autonomía de la voluntad de las partes. El proyecto de modificación del Capítulo 12 de la Ley de Derecho internacional privado, de 14 de octubre…
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