No puede admitirse que se produjo una novación extintiva de la cláusula de sumisión a arbitraje al establecerse en un nuevo contrato una cláusula de sumisión distinta (AAP Barcelona 20 septiembre 2018)

El Blog de José Carlos Fernández Rozas

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El Auto de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Decimoséptima, de 20 de septiembre de 2018 confirma una decisión de primera instancia que declaró la falta de jurisdicción y acordó el sobreseimiento del procedimiento indicando que la parte actora deberá hacer uso de su derecho ante la Cámara de Comercio Internacional. De acuerdo con la Audiencia: ‘La resolución del presente recurso de apelación requiere decidir si la cláusula de sumisión de arbitraje prevista en el primer contrato entre las partes fue dejada sin efecto y si debe estarse a la cláusula de sumisión a los tribunales de Barcelona prevista en el segundo contrato suscrito entre las partes. En el supuesto de desestimarse la pretensión de la recurrente de que la cláusula de sumisión a arbitraje fue dejada sin efecto, deberá determinarse si la cláusula de sumisión a arbitraje resulta nula o si dicha alegación no puede ser objeto de examen…

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