La aplicación del art. 38.1º LOTT por parte de una Junta Arbitral entendiendo concurrente la existencia de sumisión tácita a arbitraje se acomoda plenamente a Derecho (STSJ Madrid 22 mayo 2018)

El Blog de José Carlos Fernández Rozas

DGTCM

La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala Civil y Penal, de 22 de mayo de 2018 (Ponente: Jesús M. Santos Vijande) desestima una acción de anulación contra un laudo arbitral procedente de la Junta Arbitral del Transporte de la Comunidad de Madrid. Al amparo del art. 41.1º, a) e) y f) LA la demandante alegaba  no haber suscrito compromiso arbitral alguno y que no era aplicable la sumisión tácita prevista en el art. 38.1 LOTT al estar ante una reclamación superior a los 15.000 euros; cuantía que  se estima fraudulentamente fraccionada por el demandante en el procedimiento arbitral al dividir el monto total de su reclamación en tres demandas arbitrales, por cuantías inferiores a los referidos 15.000 euros, que dieron lugar al dictado de sendos Laudos de la misma fecha -pese a haberse tramitado acumuladamente los expedientes se resuelven en tres laudos-, cuya anulación -al menos la…

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