Es conforme a derecho la estimación de la declinatoria al existir sometimiento de las partes a arbitraje sin modificación o novación alguna posterior

El Blog de José Carlos Fernández Rozas

2016020713431694969

El Auto de La Audiencia Provincial de Toledo, Sección Segunda, de 9 de abril de 2018, confirma la decisión del Juzgado de Primera Instancia de Talavera de la Reina que estimó una declinatoria arbitral. De acuerdo con la Audiencia, «debemos considerar para resolver la cuestión sujeta a nuestro conocimiento que: – queda patente la voluntad de pactar que las cuestiones derivadas del acuerdo firmado quedarían sometidas a arbitraje, en el acuerdo transaccional alcanzado por las partes. En materia contractual rige el principio de autonomía de la voluntad y el pacto de sometimiento a arbitraje es válido y eficaz;  – no ha quedado acreditada novación o modificación o sustitución de dicho acuerdo, ni más concretamente de dicha estipulación debiendo estar al art. 1281 Cc del Código civil , esto es, el pacto o intención de someter la cuestión a arbitraje no aparece deshecho aplicando ningún criterio de interpretación;  – sobre…

Ver la entrada original 287 palabras más

Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Imagen de Twitter

Estás comentando usando tu cuenta de Twitter. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s