El Blog de José Carlos Fernández Rozas
La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala Civil y Penal, Sección Primera, de 17 de abril de 2018(Ponente: Jesús M. Santos Vijande) desestima una acción de anulación contra un laudo arbitral con una serie de razonamientos entre los que cabe señalar los siguientes: «la acción de anulación no abre una segunda instancia, un novum iudicium en el que se pueda revisar sin limitaciones, con ‘plenitud de jurisdicción’ -en locución del TEDH-, el juicio de hecho y el razonamiento de Derecho efectuado por el tribunal arbitral. Tampoco se puede identificar la acción de anulación, como antaño el recurso de tal nombre, con una suerte de casación donde se podía analizar, como motivo de revisión del laudo, la infracción de ley y/o de doctrina jurisprudencial (Ley de Arbitraje de 1953)… Pero de ahí a afirmar, del modo general y categórico con que a veces se hace, la exclusión…
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