La institución administradora del arbitraje toma partido a favor de una de las partes al facilitarle el ejercicio de acciones e indicarle la forma de presentar su reclamación

El Blog de José Carlos Fernández Rozas

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La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala Civil y Penal, Sección Primera, de 6 de febrero de 2018 (Ponente: Jesús M. Santos Vijande) estima una la demanda de anulación de un Laudo arbitral pronunciada por una árbitra única designada por la AEADE. Para la Sala, «resulta decisivo y cuestionable in casu que la propia corte arbitral sea la que redacte el modelo de demanda a presentar por los arrendadores. Esto significa que la institución administradora del arbitraje está ya inicialmente tomando partido a favor de una de las partes, facilitándole el ejercicio de acciones e indicándole la forma de presentar su reclamación». Añade la presente decisión que «están acreditados tanto la labor de asesoramiento de AEADE a una de las partes intervinientes en el procedimiento arbitral como la identidad de intereses entre la Corte de Arbitraje AEADE y la entidad comercializadora de los contratos de adhesión con…

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