El Blog de José Carlos Fernández Rozas
El Auto de la Audiencia Provincial de Madrid, Sección Vigesimoquinta, de 12 de febrero de 2018 confirma la falta de jurisdicción para resolver la pretensión de la demandante por sumisión de las partes a arbitraje. La recurrente discrepaba del pronunciamiento por la no presentación en forma de declinatoria por la demandada quien asumió, se afirma, tácitamente la competencia del juzgado de instancia. Sin embargo el presente auto considera que «en modo alguno puede ser asumida la admisión tácita de competencia alegada por haber expresado de forma inequívoca la demandada su rechazo a esa posibilidad con referencia a las particularidades procesales sobre la declinatoria en juicio verbal tras oposición a juicio monitorio, particularidades que en el presente caso llevaron al tribunal de instancia a considerar presentada la declinatoria con lo expresado por la demandada en su escrito de oposición en juicio monitorio, consideración declarada por la providencia de 14 de marzo de 2017…
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