El Blog de José Carlos Fernández Rozas
La Sentencia del Tribunal Federal suizo de 14 de diciembre de 2017(Caso 4A_157), a propósito de un recurso contra un laudo pronunciado el 16 de febrero de 2017 por un tribunal ad hoc (PCA Case n° 2014-31), confirmó su moderación a la hora de anular los laudos arbitrales en arbitraje de inversiones, de conformidad con el art. 190 de la Ley de Derecho Internacional Privado, rechazando que el laudo en cuestión hubiese vulnerado al orden público sustantivo. Para el Tribunal Federal un laudo es incompatible con el orden público si no reconoce los valores esenciales y ampliamente reconocidos que, de acuerdo con la opinión predominante en Suiza, deberían formar la base de cualquier orden legal. Existe un orden público de procedimiento y un orden público material. Un laudo es contrario al orden público material cuando viola los principios fundamentales de la ley sustantiva hasta el punto de que ya no…
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