El Blog de José Carlos Fernández Rozas
El Auto de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Decimoséptima, de 17 de enero de 2018 afirma lo siguiente: «aunque la apelante insiste en su recurso que ‘en el citado contrato marco de operaciones financieras se hace referencia a la sumisión a arbitraje de los conflictos o controversias que puedan surgir en relación con el contrato, su interpretación, cumplimiento y ejecución, resultando que la cuestión objeto del presente procedimiento no estaría comprendida dentro de estos supuestos de sumisión a arbitraje, ya que en la demanda principal del presente procedimiento se solicita la nulidad del contrato en virtud de un error en el consentimiento que lo invalida y determina la nulidad del consentimiento prestado’, basta con leer el contenido del convenio arbitral suscrito entre las partes -cláusula 14 del anexo I del contrato marco- para rechazar la tesis de la recurrente. Como ya hemos indicado, literalmente en el convenio arbitral se…
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