El Blog de José Carlos Fernández Rozas
El Auto de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Decimoquinta, de 3 de junio de 2019, revoca íntegramente la sentencia del juzgado, desestima una declinatoria arbitral y ordena la continuación del procedimiento en un asunto de derivado de un contrato de distribución e infracción de marca. De conformidad con la Audiencia, «la utilización por parte de la demandada de la marca «Artlux», tanto en su denominación como en su actividad comercial, tiene su origen en el contrato de distribución, cuya resolución no es aceptada por la demandada. Por lo tanto, para determinar si hay o no un uso inconsentido de la marca o desleal de los nombres de referencia señalados habría que determinar si el contrato de distribución ha sido correctamente resuelto, cuestión que las partes decidieron someter a arbitraje. Ello quiere decir, que es posible que la resolución del contrato se convierta en prejudicial de la decisión sobre…
Ver la entrada original 118 palabras más